¿Qué es el formulario G-28I del USCIS?

In a Nutshell

En algunos casos peculiares, es posible que necesites un abogado extranjero para que te represente en un caso que involucra al Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS) en el extranjero. En estos casos, deberás presentar el formulario G-28I completo al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS). Este artículo explica qué es el formulario G-28I y cómo lo usa el gobierno de los EE. UU. También cubre quién puede presentarlo y cómo completarlo.

Written by Jonathan Petts
Updated July 11, 2022


¿Qué es el formulario G-28I del USCIS?

El formulario G-28I (en inglés) se titula oficialmente Notificación sobre comparecencia como abogado en asuntos fuera de los límites geográficos de los Estados Unidos. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) evalúa este formulario. El USCIS es una agencia del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés).

Si tienes un abogado que ejerce el derecho fuera de los Estados Unidos, puede usar el formulario G-28I para notificar al USCIS que te quiere representar ante el DHS. Por lo general, el USCIS permite esta representación cuando tu caso de inmigración involucra eventos que ocurrieron fuera de los Estados Unidos. Si el USCIS aprueba tu formulario G-28I, tu abogado puede continuar representándote.

¿El formulario G-28I es lo mismo que el formulario G-28?

El formulario G-28I y el formulario G-28 (en inglés) tienen números de formulario similares, pero son para diferentes tipos de abogados. El formulario G-28 es la Notificación sobre comparecencia como abogado o representante autorizado. Los abogados y representantes autorizados basados en los EE. UU. deben presentar el formulario G-28 para comparecer ante una oficina del DHS. Los abogados extranjeros deben presentar el formulario G-28I en su lugar.

¿Quién puede presentar el formulario G-28I?

El formulario G-28I está previsto para abogados extranjeros con licencia fuera de los Estados Unidos. El formulario G-28I hace que tu abogado extranjero sea elegible para representarte en un procedimiento fuera de los límites geográficos de los Estados Unidos. En otras palabras, tu caso debe involucrar asuntos de inmigración que ocurrieron fuera de los Estados Unidos.

Muchos posibles inmigrantes presentan peticiones fuera de los Estados Unidos. A veces, estas personas solicitantes necesitarán la ayuda de un abogado con su petición o solicitud. Las personas solicitantes pueden sentirse más cómodas contratando a un abogado de su país de origen para que las ayude.

Para presentar el formulario G-28I, tu abogado extranjero debe estar en regla ante el tribunal de jurisdicción general de su país de origen. El funcionario del Departamento de Seguridad Nacional ante quien comparecerá tu abogado también debe dar su permiso. El funcionario del DHS que se encargue de tu caso tendrá la última palabra sobre si un abogado extranjero te puede representar.

Cómo completar el formulario G-28I

El formulario G-28I consta de seis partes. Tu abogado debe completar el formulario con tinta negra legible. Si planeas trabajar con un abogado extranjero, debe consultar las instrucciones del USCIS (en inglés) para completar el formulario G-28I. El gobierno de los EE. UU. no cobra una tarifa de presentación por el formulario G-28I.

La Parte 1 solicita información sobre el abogado extranjero. El abogado debe proporcionar su número de cuenta en línea del USCIS, si tiene uno. También debe proporcionar su nombre completo, dirección e información de contacto, como su número de teléfono y dirección de correo electrónico.

La Parte 2 pregunta sobre la información de elegibilidad del abogado extranjero. El abogado debe indicar que tiene licencia para ejercer en su país de origen. Debe proporcionar su autorización de licencia y el número de licencia, si tienen uno. También deberá indicar si tiene buena reputación y si está asociado a alguna organización o firma de abogados.

La Parte 3 hace preguntas sobre asuntos de inmigración. El abogado debe indicar si el caso corresponde al USCIS, al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los EE. UU. (ICE, por sus siglas en inglés) o al Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de los EE. UU. (CBP, por sus siglas en inglés). Luego, el abogado debe proporcionar información básica sobre el cliente o signatario autorizado. Esta información puede incluir el nombre del cliente, el número de cuenta en línea del USCIS, el número de registro de extranjero (número A), la información de contacto y la dirección postal.

La Parte 4 requiere que el cliente autorice la representación. El cliente debe firmar y poner la fecha en el formulario para demostrar que aprueba a su abogado extranjero.

La Parte 5 requiere la firma del abogado.

Finalmente, la Parte 6 brinda espacio para que el declarante proporcione cualquier información adicional para la que no tuvo espacio antes en el formulario.

Consideraciones adicionales acerca del formulario G-28I

El Departamento de Seguridad Nacional puede ejercer su discreción al decidir si permite que tu abogado extranjero te represente. Sin la aprobación del DHS, tu abogado extranjero no te puede representar. Tú y tu abogado deben completar cuidadosamente el formulario G-28I con la mayor precisión posible. Si no se proporciona una firma válida o no se utiliza la edición del formulario más reciente, se puede producir el rechazo. Si se rechaza el formulario, deberás encontrar una nueva representación aprobada por el DHS.

Tú y tu abogado nunca deben usar el formulario G-28I para solicitar registros bajo la Ley de Libertad de Información/Privacidad. Si estás interesado en solicitar estos registros, revisa el Código de Regulaciones Federales de los EE. UU. (en inglés) en su lugar.

Tú (el solicitante, peticionario, beneficiario, derivado o demandado) o tu abogado tienen la autoridad para retirar el formulario G-28I. Para hacerlo, debes enviar una solicitud por escrito a la oficina del DHS que supervise el caso y declarar tu intención de retirar tu formulario y seguir adelante sin representación. Alternativamente, puedes presentar un nuevo formulario G-28I donde indiques tu nuevo abogado. Este nuevo formulario anulará tu formulario original.

Conclusión

Si eres una persona inmigrante y tienes un problema con un asunto extranjero, tú y tu abogado deben resolverlo. Solucionar este asunto específico te ayudará a conservar tu elegibilidad para los beneficios de inmigración de los EE. UU. y los ajustes de estatus, como la posibilidad de obtener una tarjeta verde.