Cómo solicitar una tarjeta verde por matrimonio desde el extranjero

In a Nutshell

Las personas extranjeras casadas con residentes permanentes legales de EE. UU. solo pueden solicitar su tarjeta verde por matrimonio por medio del trámite consular. Esto significa que deberán presentar la solicitud de la tarjeta verde a una embajada o un consulado de EE. UU. en su país de origen para convertirse también en residentes permanentes legales. En este artículo se explican paso a paso los plazos del trámite consular para obtener la tarjeta verde como cónyuge de una persona titular de la tarjeta verde de EE. UU.

Written by Jonathan Petts
Written May 25, 2022


Paso 1: tu cónyuge presenta el formulario I-130

Conforme al derecho de inmigración de EE. UU., las personas que tienen la residencia permanente o la ciudadanía de EE. UU. pueden hacer una petición para que sus familiares y parientes directos reciban una tarjeta verde. El primer paso para solicitar la tarjeta verde por matrimonio es que tu cónyuge presente el formulario I-130: Petición de familiar extranjero, al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS, por sus siglas en inglés).

Este formulario establece tu elegibilidad para la tarjeta verde, en carácter de cónyuge de una persona con la residencia permanente en EE. UU. Tu cónyuge, que tiene el estatus de residente permanente, es la persona “patrocinadora” o “peticionaria”. Tú, como persona extranjera, eres la persona “solicitante” o “beneficiaria”.

Una vez que pagues la tasa de presentación de $535 y envíes la petición del formulario I-130 al USCIS, recibirás un aviso de recibo por correo postal. Deberías recibirlo dentro de las dos semanas. Si el USCIS necesita más documentos de respaldo, te enviará una solicitud de evidencia (RFE, por sus siglas en inglés) en unos dos o tres meses. En general, el tiempo de procesamiento para la petición del formulario I-130 es de 7-10 meses.

Paso 2: esperas un número de visa

Si el USCIS declina tu formulario I-130, te enviará un aviso donde explique por qué rechazó tu petición de inmigración y si es posible apelar la decisión. Si el USCIS aprueba tu formulario I-130, enviará tu solicitud al Centro Nacional de Visas (NVC, por sus siglas en inglés). También deberías recibir un aviso de aprobación de tu formulario I-130 a través del formulario I-797: Notificación de acción.

 Ahora, deberás presentar la solicitud de la tarjeta verde al NVC. Sin embargo, no puedes presentar esta solicitud hasta tener un número de visado de inmigrante disponible. El Departamento de Estado de EE. UU. establece límites anuales sobre el número de peticiones de visas que recibe y procesa. Tendrás que esperar hasta que haya una visa disponible para la fecha de tu petición o tu fecha de prioridad. El Departamento de Estado publica un boletín de visas (en inglés) mensual donde se indica si puedes presentar tu paquete para la visa.

Este tiempo de procesamiento suele ser de 8-10 meses adicionales después de que el USCIS aprueba tu petición I-130. Sin embargo, puede variar dependiendo de tu país de origen.

Paso 3: presentas los formularios DS-261 y DS-260

Una vez que haya un número de visa disponible, puedes presentar tu solicitud de visado de inmigrante. Esta solicitud incluye los formularios DS-261 y DS-260. Luego, el NVC determinará si eres elegible para la entrevista de la visa.

Formulario DS-261

El formulario DS-261, Elección de dirección y agente, es bastante sencillo. Le debes indicar al Departamento de Estado de EE. UU. cómo comunicarse contigo. No debes pagar tasas, y el procesamiento llevará hasta tres semanas.

Luego, tendrás que pagar la tasa de procesamiento del visado de inmigrante en línea. Este cargo será por un total de $445. De este cargo, $325 corresponden a la tasa de procesamiento de la solicitud del Departamento de Estado, y $120 al precio del formulario de apoyo financiero. Procesar esta tasa puede llevar hasta una semana.

Formulario DS-260

Una vez que el Departamento de Estado procese el pago de tu tasa por el visado de inmigrante, podrás presentar el formulario DS-260, la solicitud de visado de inmigrante. Tendrás que incluir tu número de caso, número de ID de la persona beneficiaria y número de factura del aviso inicial que te envió el NVC. Cuando presentes este formulario en línea, debes imprimir la página de confirmación para llevarla a la entrevista de la visa. El NVC debería enviarte un aviso el mismo día por correo postal o electrónico para confirmar que recibió tu DS-260.

Deberás presentar el formulario I-864: Declaración jurada de patrocinio económico, al NVC. Según el consulado de EE. UU. que procese tu solicitud, deberás enviar el formulario al NVC por correo electrónico o postal, o cargarlo en línea. Si el NVC necesita más información, te enviará una lista de documentos faltantes dentro de uno o dos meses. Si tiene todo lo que necesita, seguramente recibirás una decisión en 3-5 meses.

Paso 4: acudes al examen médico y a la cita de biometría

Antes de acudir a la entrevista de la visa, debes participar de varias otras citas.

Primero, necesitarás un examen médico para inmigración a EE. UU. Un médico aprobado por el Departamento de Estado debe realizar este examen. El consulado de EE. UU. que procese tu paquete de solicitud debería enviarte una lista de los médicos aprobados. El costo de este examen puede variar según el país, pero suele ser de alrededor de $200. Después del examen, el médico te entregará un sobre sellado. Este sobre contiene los resultados de tu examen y tu registro de vacunación, que debes llevar a la entrevista.

Segundo, deberás indicar una dirección donde el USCIS te pueda enviar tu pasaporte una vez que le estampe la visa de EE. UU. El consulado de EE. UU. tendrá las instrucciones correspondientes publicadas en su sitio web.

Por último, deberás acudir a una cita para la toma de huellas dactilares en un Centro de Asistencia en Solicitudes. Estos centros suelen estar en una dirección diferente del consulado. Este es solo un paso procesal para la realización de verificaciones de antecedentes y seguridad. No tendrás que responder ninguna pregunta acerca de tu matrimonio o elegibilidad para la tarjeta verde en esta cita.

Paso 5: acudes a la entrevista consular

El paso final en el proceso de solicitud de la tarjeta verde es la entrevista de la tarjeta verde. Acudirás a la entrevista en la embajada o el consulado de EE. UU. en tu país de origen. El NVC te enviará un aviso de cita con la fecha, la hora y el lugar. Tu cónyuge no debe acudir a esta entrevista.

Sin embargo, es aconsejable que te prepares para la entrevista con tu cónyuge, para asegurarte de saber bien todos los hechos de tu relación y solicitud. Si el funcionario consular considera que tu matrimonio es legítimo, tu solicitud de la tarjeta verde podría aprobarse en el momento.

¿Qué pasa después?

Si el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. aprueba tu solicitud, se estampará una visa de EE. UU. en tu pasaporte, que te permitirá viajar a Estados Unidos.

Deberás pagar una tasa de inmigración del USCIS de $220 en línea para que el USCIS imprima tu tarjeta verde física y te la envíe por correo. En general, recibirás la tarjeta en tu dirección de EE. UU. 2-3 semanas después de llegar al país.

 El plazo total del proceso es de 27 a 46 meses, y el costo es de unos $1,400. 

Si tu matrimonio lleva menos de dos años cuando el USCIS te otorgue la tarjeta verde, tu tarjeta verde dirá “CR1”. CR1 significa que recibiste una “tarjeta verde de residencia condicional”, con una validez de dos años. Luego, deberás presentar otro formulario para “cancelar las condiciones”. El USCIS sigue este procedimiento para verificar que el matrimonio sea genuino.

Si tu matrimonio lleva más de dos años cuando el USCIS te otorgue la tarjeta verde, tu tarjeta verde dirá “IR1”, que significa “tarjeta verde de familiar directo”. Estas tarjetas verdes son válidas por 10 años, y la renovación es simple.

Presencia ilegal y trámite consular

Si vives en el exterior, debes solicitar la tarjeta verde por medio del trámite consular. En cambio, si ya vives en Estados Unidos, puedes utilizar el ajuste de estatus. Este proceso beneficia a las personas que ingresaron por un puerto de entrada de EE. UU. con una visa válida o que tienen un vínculo familiar directo con una persona que tiene la ciudadanía de EE. UU.

Sin embargo, este proceso no está disponible para las personas que rebasaron la estadía autorizada en sus visas o ingresaron a Estados Unidos en forma ilegal. En estos casos, lo más probable es que debas salir de Estados Unidos y utilizar el trámite consular.

Esto implica ciertos riesgos. Por ejemplo, si permaneciste en forma ilegal en Estados Unidos por 180 días o más y luego sales del país para realizar el trámite consular, es posible que te prohíban regresar a Estados Unidos. Si tu estadía ilegal duró entre 180 días y un año, te enfrentarás a una prohibición de tres años. Si tu estadía ilegal duró más de un año, es posible que el USCIS te prohíba el ingreso por 10 años.

En estos casos, deberías consultar a un abogado de inmigración. Quizás puedas solicitar una exención a través del formulario I-601A, pero no es habitual que lo aprueben, y necesitarás la ayuda de un abogado a lo largo del proceso.